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Viaje
de menores
Ingreso
y egreso de menores “argentinos” en territorio
argentino
Los
argentinos menores de 21 años que viajen a la
Argentina deberán llevar consigo la siguiente
documentación:
ARRIBA
Si
un menor viaja en compañía de ambos padres
- Pasaporte
y DNI.
-
Partida de nacimiento (en original).
ARRIBA
Si
un menor viaja en compañía de uno solo
de los padres:
- Formulario
completo
- DNI
y Pasaporte
- Partida
de nacimiento (en original).
- Autorización
expresa del otro padre (en original).
- Partida
de defunción, si el otro padre ha fallecido;
o sentencia judicial que indique que la patria potestad
es ejercida por uno solo de los padres. Deberán
presentarse en original y, si fuesen estadounidenses,
legalizadas con la “Apostille” de la Convención
de La Haya, y traducidas al español. ¿Donde
puedo obtener el “Apostille”?
ARRIBA
Si
un menor viaja en compañía de un tercero
ajeno a sus padres:
- DNI
y Pasaporte.
- Autorización
expresa de ambos padres (en original). Cuando la autorización
sea para que un menor de 18 años viaje acompañado
de terceros que no sean sus padres, deberá
especificarse en la misma los datos personales (apellido
y nombre, tipo y número de documento, y domicilio
real) del acompañante y el lugar de destino
del viaje.
- Partida
de defunción, si uno de los padres ha fallecido;
o sentencia judicial que indique que la patria potestad
es ejercida por uno solo de los padres. Deberán
presentarse en original y, si fuesen estadounidenses,
legalizadas con la “Apostille” de la Convención
de La Haya, y traducidas al español. ¿Donde
puedo obtener el “Apostille”?
ARRIBA
Si
un menor viaja solo:
- Formulario
completo
- Pasaporte
y DNI.
- Autorización
expresa de ambos padres (en original). Cuando se trate
de un menor de 14 años, deberá especificarse
en la autorización el lugar del destino del
viaje y los datos de la persona mayor de edad que
lo recibirá (apellido y nombre, tipo y número
de documento, y domicilio real). Cuando el menor haya
cumplido los 18 años y hasta los 21, la autorización
de ambos padres será considerada amplia, sin
cláusula alguna, solo las impuestas por sus
progenitores.
- Partida
de defunción, si uno de los padres ha fallecido;
o sentencia judicial que indique que la patria potestad
es ejercida por uno solo de los padres. Deberán
presentarse en original y, si fuesen estadounidenses,
legalizadas con la “Apostille” de la Convención
de La Haya, y traducidas al español. ¿Donde
puedo obtener el “Apostille”?
ARRIBA
Ingreso
y egreso de menores “extranjeros” en territorio
argentino
Ingreso
Necesitan
autorización
escrita de ambos padres o de quien ejerza la patria
potestad los menores de menores de 14 años (cualquiera
sea su nacionalidad o motivo del viaje) siempre que
ingresen solos o sin estar acompañados por alguno
de los padres y no sean aguardados por alguno de éstos
a su llegada a la Republica.
Cuando
el menor ingresa en compañía de terceros,
en la autorización debe constar los datos personales
(apellido y nombre, tipo y número de documento,
y domicilio real) de quien lo acompaña, o de
quien lo estará aguardando si no fueran sus padres.
En
todos los casos deberá presentarse la partida
de nacimiento del menor. La partida deberá presentarse
en original y, si fuesen estadounidenses, legalizada
con el “Apostille” de la Convención
de La Haya, y traducidas al español. ¿Donde
puedo obtener el “Apostille”?
ARRIBA
Egreso
No
necesitan autorización para salir del territorio
argentino los extranjeros que viajaron a Argentina por
turismo.
ARRIBA
Expiración
y forma de las autorizaciones de viaje
A
partir del 31 de marzo de 2006, son inválidas
las autorizaciones para el egreso e ingreso de
menores de edad a la Argentina, y para tramitar
pasaportes, cuando los mismos viajen solos o acompañados
por terceros que no sean sus padres, otorgadas
antes del 1 de agosto de 2005.
Las
nuevas autorizaciones de viaje y para tramitar
pasaporte para menores deberán ser otorgadas
por los progenitores que estén en pleno
uso de la patria potestad, ante las siguientes
autoridades:
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- En
Argentina: ante un juez; o ante un escribano
público y legalizada por el colegio de escribanos.
- En
Estados Unidos: ante cónsul argentino
o ante un “notary public”. Las autorizaciones
que se otorguen ante un “notary public”
deberán dejar expresa indicación que
los autorizantes son el padre o madre del menor, de
acuerdo a la documentación (partida de nacimiento)
que se tuvo a la vista. Posteriormente deben legalizarse
con la “Apostille” de la Convención
de La Haya, y presentarse traducidas al español.
¿Donde
puedo obtener el “Apostille” ?
ARRIBA
Requisitos
para otorgar autorización/venia de viaje ante
el Consulado
- Formulario
completo
- DNI
de los padres.
-
Partida de nacimiento del menor (en original).
-
DNI del menor (original o fotocopia).
-
DNI (original o fotocopia) y domicilio de la persona
que acompañará al menor en el viaje
o que lo recibirá en el lugar de destino (si
fuera el caso).
-
US$ 50 para abonar el arancel consular.
-
Si uno de los padres ha fallecido, se deberá
presentar su partida de defunción. Si uno de
los padres ha sido privado de la patria potestad por
decisión judicial, se deberá presentar
la sentencia que lo acredite.
Las
partidas de nacimiento/defunción y sentencias
judiciales deben ser originales o fotocopia legalizada
(no se aceptan fotocopias simples ni faxes).
¿Cómo obtener partidas de Argentina ?
Si
fuesen estadounidenses, deben presentarse legalizados
con la “Apostille” de la Convención
de La Haya, y traducidos al español ¿Donde
puedo obtener el “Apostille” ?
Preguntas
frecuentes
ARRIBA
¿Se
puede otorgar una venia de viaje por correo?
Lamentablemente NO. Los autorizantes (padre, madre o
ambos) deben concurrir a la Sección Consular
personalmente para firmar la venia/autorización
de viaje en presencia del Cónsul. No es necesaria
la presencia del menor.
ARRIBA
¿Cuál
es el horario de atención?
La recepción de trámites es de lunes a
viernes de 9:00 a 13:00 horas. El Consulado está
cerrado en los feriados argentinos
y estadounidenses.
ARRIBA
¿Cuánto
demora el trámite?
Generalmente, la autorización se procesa y entrega
en el mismo día (dependiendo de la cantidad de
público).
Contáctenos
La dirección del Consulado es 1811 Q Street,
NW, Washington, DC 20009. La estación de Metro
más cercana es la de Dupont Circle (salida Norte)
de la línea Roja. Mapa.
Si
tiene dudas sobre la documentación a presentar,
se recomienda llamar al (202) 238-6463, de lunes a viernes
de 14:00 a 17:00 horas para atención telefónica
únicamente.
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