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 Home / S.Consular / Viaje de Menores
 

Viaje de menores

Ingreso y egreso de menores “argentinos” en territorio argentino
Si un menor viaja en compañía de ambos padres
Si un menor viaja en compañía de uno sólo de los padres
Si un menor viaja en compañía de un tercero ajeno a sus padres
Si un menor viaja solo

Ingreso y egreso de menores “extranjeros” en territorio argentino
Ingreso
Egreso

Expiración y forma de las autorizaciones de viaje
Requisitos para otorgar autorización/venia de viaje ante el Consulado

Preguntas frecuentes
¿Se puede otorgar una venia de viaje por correo?
¿Cuál es el horario de atención?
¿Cuánto demora el trámite?

 

Ingreso y egreso de menores “argentinos” en territorio argentino

Los argentinos menores de 21 años que viajen a la Argentina deberán llevar consigo la siguiente documentación:

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Si un menor viaja en compañía de ambos padres

  • Pasaporte y DNI.
  • Partida de nacimiento (en original).

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Si un menor viaja en compañía de uno solo de los padres:

  • Formulario completo
  • DNI y Pasaporte
  • Partida de nacimiento (en original).
  • Autorización expresa del otro padre (en original).
  • Partida de defunción, si el otro padre ha fallecido; o sentencia judicial que indique que la patria potestad es ejercida por uno solo de los padres. Deberán presentarse en original y, si fuesen estadounidenses, legalizadas con la “Apostille” de la Convención de La Haya, y traducidas al español. ¿Donde puedo obtener el “Apostille”?

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Si un menor viaja en compañía de un tercero ajeno a sus padres:

  • DNI y Pasaporte.
  • Autorización expresa de ambos padres (en original). Cuando la autorización sea para que un menor de 18 años viaje acompañado de terceros que no sean sus padres, deberá especificarse en la misma los datos personales (apellido y nombre, tipo y número de documento, y domicilio real) del acompañante y el lugar de destino del viaje.
  • Partida de defunción, si uno de los padres ha fallecido; o sentencia judicial que indique que la patria potestad es ejercida por uno solo de los padres. Deberán presentarse en original y, si fuesen estadounidenses, legalizadas con la “Apostille” de la Convención de La Haya, y traducidas al español. ¿Donde puedo obtener el “Apostille”?

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Si un menor viaja solo:

  • Formulario completo
  • Pasaporte y DNI.
  • Autorización expresa de ambos padres (en original). Cuando se trate de un menor de 14 años, deberá especificarse en la autorización el lugar del destino del viaje y los datos de la persona mayor de edad que lo recibirá (apellido y nombre, tipo y número de documento, y domicilio real). Cuando el menor haya cumplido los 18 años y hasta los 21, la autorización de ambos padres será considerada amplia, sin cláusula alguna, solo las impuestas por sus progenitores.
  • Partida de defunción, si uno de los padres ha fallecido; o sentencia judicial que indique que la patria potestad es ejercida por uno solo de los padres. Deberán presentarse en original y, si fuesen estadounidenses, legalizadas con la “Apostille” de la Convención de La Haya, y traducidas al español. ¿Donde puedo obtener el “Apostille”?

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Ingreso y egreso de menores “extranjeros” en territorio argentino

Ingreso

Necesitan autorización escrita de ambos padres o de quien ejerza la patria potestad los menores de menores de 14 años (cualquiera sea su nacionalidad o motivo del viaje) siempre que ingresen solos o sin estar acompañados por alguno de los padres y no sean aguardados por alguno de éstos a su llegada a la Republica.

Cuando el menor ingresa en compañía de terceros, en la autorización debe constar los datos personales (apellido y nombre, tipo y número de documento, y domicilio real) de quien lo acompaña, o de quien lo estará aguardando si no fueran sus padres.

En todos los casos deberá presentarse la partida de nacimiento del menor. La partida deberá presentarse en original y, si fuesen estadounidenses, legalizada con el “Apostille” de la Convención de La Haya, y traducidas al español. ¿Donde puedo obtener el “Apostille”?

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Egreso

No necesitan autorización para salir del territorio argentino los extranjeros que viajaron a Argentina por turismo.

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Expiración y forma de las autorizaciones de viaje

A partir del 31 de marzo de 2006, son inválidas las autorizaciones para el egreso e ingreso de menores de edad a la Argentina, y para tramitar pasaportes, cuando los mismos viajen solos o acompañados por terceros que no sean sus padres, otorgadas antes del 1 de agosto de 2005.

Las nuevas autorizaciones de viaje y para tramitar pasaporte para menores deberán ser otorgadas por los progenitores que estén en pleno uso de la patria potestad, ante las siguientes autoridades:

  • En Argentina: ante un juez; o ante un escribano público y legalizada por el colegio de escribanos.
  • En Estados Unidos: ante cónsul argentino o ante un “notary public”. Las autorizaciones que se otorguen ante un “notary public” deberán dejar expresa indicación que los autorizantes son el padre o madre del menor, de acuerdo a la documentación (partida de nacimiento) que se tuvo a la vista. Posteriormente deben legalizarse con la “Apostille” de la Convención de La Haya, y presentarse traducidas al español. ¿Donde puedo obtener el “Apostille” ?

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Requisitos para otorgar autorización/venia de viaje ante el Consulado

  • Formulario completo
  • DNI de los padres.
  • Partida de nacimiento del menor (en original).
  • DNI del menor (original o fotocopia).
  • DNI (original o fotocopia) y domicilio de la persona que acompañará al menor en el viaje o que lo recibirá en el lugar de destino (si fuera el caso).
  • US$ 50 para abonar el arancel consular.
  • Si uno de los padres ha fallecido, se deberá presentar su partida de defunción. Si uno de los padres ha sido privado de la patria potestad por decisión judicial, se deberá presentar la sentencia que lo acredite.

Las partidas de nacimiento/defunción y sentencias judiciales deben ser originales o fotocopia legalizada (no se aceptan fotocopias simples ni faxes). ¿Cómo obtener partidas de Argentina ?

Si fuesen estadounidenses, deben presentarse legalizados con la “Apostille” de la Convención de La Haya, y traducidos al español ¿Donde puedo obtener el “Apostille” ?

 

Preguntas frecuentes

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¿Se puede otorgar una venia de viaje por correo?

Lamentablemente NO. Los autorizantes (padre, madre o ambos) deben concurrir a la Sección Consular personalmente para firmar la venia/autorización de viaje en presencia del Cónsul. No es necesaria la presencia del menor.

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¿Cuál es el horario de atención?

La recepción de trámites es de lunes a viernes de 9:00 a 13:00 horas. El Consulado está cerrado en los feriados argentinos y estadounidenses.

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¿Cuánto demora el trámite?

Generalmente, la autorización se procesa y entrega en el mismo día (dependiendo de la cantidad de público).

 

Contáctenos

La dirección del Consulado es 1811 Q Street, NW, Washington, DC 20009. La estación de Metro más cercana es la de Dupont Circle (salida Norte) de la línea Roja. Mapa.

Si tiene dudas sobre la documentación a presentar, se recomienda llamar al (202) 238-6463, de lunes a viernes de 14:00 a 17:00 horas para atención telefónica únicamente.

 
     
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ACTUALIZADO 24/06/2007
 

 

Sección Consular
Edificio Sarmiento
1811 Q St, NW
Washington, DC 20009

Mapa
Fax (202) 238-6471
consular@embassyofargentina.us

Horario de Atención
Para recepción de trámites
lunes a viernes de 9:00 a 13:00

Días Feriados del año

Jefe a cargo de la Sección Consular
Consejero Jorge LÓPEZ MENARDI

Asistentes
José Luis HUSSEIN
Guido IGLESIAS
Rosalía LATORRE
Hilda OCAMPO FLEITAS
Graciela VARELA

Los trámites consulares son personales.
Las consultas consulares deben realizarse en la oficina consular correspondiente a su jurisdicción.
Antes de iniciar cualquier trámite, asegúrese de saber cuál le corresponde a su caso en particular.
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Embajada Argentina en Washington
1600 New Hampshire Ave, NW
Washington, DC 20009-2512
Conmutador (202) 238-6401
Fax (202) 332-3171
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www.embassyofargentina.us